PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR (PIE) NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES TRANSITORIAS COLEGIO PARTICULAR AURORA DE CHILE
Ingreso al Programa PIE
a) El Programa, de acuerdo a lo establecido por MINEDUC, considera un máximo de cinco alumnos con necesidades educativas transitorias por curso y un máximo de dos alumnos con necesidades permanentes.
b) Al inicio de cada año escolar, los profesores jefe reciben la petición de los apoderados para que sus pupilos ingresen al Programa. El profesor jefe derivará a los alumnos al equipo PIE, quienes revisarán los antecedentes y evaluarán a los estudiantes.
c) Para que el alumno pueda ser evaluado, se requiere autorización escrita por parte del apoderado o tutor. De no cumplirse este requisito, no se podrá continuar con el proceso de postulación.
d) El resultado de la evaluación del equipo PIE determinará quienes podrán acceder a postular a un cupo en el Programa, de acuerdo en lo establecido en la letra a).
e) La disponibilidad de cupo estará subordinada a los participantes que vienen del año anterior, según su reevaluación, y a los repitientes del nivel que conservan su cupo.
f) Los apoderados de los alumnos beneficiados serán contactados, año a año, por los docentes especialistas para informar y entregar los lineamientos generales del programa.
g) Los alumnos participantes del programa recibirán acompañamiento en aula. La docente especialista apoyará principalmente en Lenguaje y Matemática, pudiendo extenderse a otras asignaturas si la distribución horaria así lo permite.
h) Los alumnos participantes recibirán apoyo personalizado adicional en el Aula de Recursos, para complementar el trabajo de aula común y para potenciar o desarrollar otras habilidades que les permita progresar en su proceso de aprendizaje.
i) La permanencia de los alumnos en el programa dependerá de si son dados de alta o bien hasta que egresen de la enseñanza media. Un alumno es dado de alta cuando los resultados de la reevaluación realizada al término de cada año escolar determina que puede desenvolverse en forma autónoma.
j) La sola presencia del alumno en el programa no asegura pasar de curso.
k) Corresponderá a los apoderados asistir a todas las entrevistas y citaciones que el equipo PIE realice, para que de este modo se informe y apoye el trabajo con su pupilo.
PROGRAMA INTERNO DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA
La evaluación diferenciada es un recurso que el profesor emplea para evaluar a las y los alumnos que presentan dificultades en su aprendizaje. Consiste en aplicar procedimientos y/o instrumentos evaluativos acordes a las características de la situación de aprendizaje que presenta el alumno(a) de Educación Pre-escolar, Básica o Media.
La evaluación diferenciada de alumnos(as) con necesidades educativas especiales (sean estas, transitorias o permanentes) se realizará según la normativa vigente (Decreto Nº 0170/2010), la cual, exige, una evaluación diagnóstica integral, que considere la información aportada por la familia, profesores(as), profesionales de la educación especial y el médico especialista.
Las evaluaciones diferenciadas se analizarán de manera particular, seleccionando las sugerencias de los especialistas para abordar de manera pertinente las necesidades educativas especiales de nuestros estudiantes.
El procedimiento de evaluación diferenciada se regirá por el siguiente protocolo:
a) El apoderado retirará en Secretaría documento de Solicitud de Evaluación Diferenciada.
b) Completará la ficha y adjuntará la documentación pertinente que la avale. La documentación debe ser extendida por especialistas externos calificados y con fecha vigente el momento de presentarse. No se aceptará documentación de años anteriores y/o con fecha muy descontinuada al momento de presentarse o emitida por profesionales ajenos al diagnóstico que están realizando.
c) Devolverá ficha con los datos solicitados, acompañada de una carta de petición de Evaluación Diferenciada, dirigida al Director del establecimiento. En esta carta se debe individualizar el nombre y curso del alumno(a).
d) La respuesta a la solicitud será comunicada al apoderado en un plazo máximo de 10 días hábiles.
e) El Colegio puede aceptar íntegra o parcialmente las sugerencias hechas por el especialista externo, si a partir del estudio y análisis hecho por los especialistas del Colegio se detectan inconsistencias o sugerencias innecesarias de aplicar.
f) El apoderado y su pupilo(a) suscribirán un documento, comprometiéndose a realizar todas las sugerencias determinadas por los especialistas y por el Colegio.
g) Las evaluaciones diferenciadas durarán solo lo correspondiente al año lectivo en que fue solicitada. Si el alumno(a) requiere al año siguiente continuar con evaluación diferenciada, deberá repetir el proceso de petición y con documentación actualizada.
h) No se extenderán evaluaciones diferenciadas que no vayan acompañadas de documentación de apoyo o que solo se presenten con la carta de petición.
i) Para no afectar el trabajo del alumno(a), las evaluaciones diferenciadas deben presentarse antes del 30 de abril. La documentación presentada con posterioridad a esa fecha también será aceptada, pero si ha habido evaluaciones durante ese período, se mantendrán, porque la medida no tiene carácter retroactivo.
j) Las solicitudes de eximición y de aplicación del 50% en las evaluaciones solo se otorgarán en casos muy calificados, siendo una decisión del establecimiento y no del especialista externo.
k) Que el alumno(a) cuente con evaluación diferenciada, no significa que asegure su promoción.

Profesora de integración:
Allysson Troncoso

Profesora de integración:
Daniela Carrera Ormeño

Profesora de integración:
Katherina Sanchez Reyes

Profesora de integración:
Nadia Arevalo Castro

Profesora de integración:
Valentina Osses Beltrán